• Memorando de Seguridad de Armas de Fuego

    Para: Padres y Tutores Legales de los Estudiantes en el Distrito Escolar Unificado de Madera

    De: Todd Lile

    Tema: Ley de California con Respecto al Almacenamiento Seguro de Armas de Fuego

    El propósito de este memorando es informar y recordar a los padres y tutores legales de todos los estudiantes del Distrito Escolar Unificado de Madera sobre su responsabilidad de mantener las armas de fuego fuera del alcance de los niños, según lo exige la ley de California. El setenta y cuatro por ciento de los niños sabe dónde se guardan las armas de fuego de sus padres y el 60 por ciento informa haberlas manipulado1. Lamentablemente, más del 80 por ciento de los adolescentes que se han suicidado utilizaron un arma de fuego que pertenecía a alguien de su hogar2.  Estos incidentes se pueden prevenir fácilmente almacenando las armas de fuego de forma segura, lo que incluye mantenerlas bajo llave cuando no se utilicen y guardarlas separadas de las municiones.

    Para ayudar a todos a comprender sus responsabilidades legales, este memorando detalla la ley de California sobre el almacenamiento de armas de fuego. Por favor, tómese un tiempo para revisar este memorando y evaluar sus propias prácticas para asegurarse de que usted y su familia cumplan con la ley de California.

    • Con muy pocas excepciones, en California una persona es penalmente responsable por guardar cualquier arma de fuego, cargada o no cargada, dentro de cualquier sitio bajo su custodia y control donde esa persona sabe o razonablemente debe saber que es probable que un niño logre acceder el arma de fuego sin permiso del padre de familia o del tutor legal, y el niño logra acceder el arma de fuego y por lo tanto (1) causa la muerte o lesiones al niño o a cualquier otra persona; (2) se lleva el arma de fuego fuera del lugar o a un lugar público, incluyendo a cualquier escuela preescolar o escuela K-12 o a cualquier otro evento, actividad, o espectáculo patrocinado por la escuela; o (3) blande ilícitamente el arma de fuego delante de otras personas.1
      • Nota: La sanción penal podría ser mucho mayor si alguien muere o sufre una gran lesión corporal como resultado de que el niño lograra acceso al arma de fuego.

     

    • 1 Vea Código Penal de California, secciones 25100 a 25125 y 25200 a 25220.
    • 2 Vea Código Civil de California, sección 25100(c)
    • 3 Vea Código Civil de California, sección 29805.
    • 4 Vea Código Civil de California, sección 1714.3.

     

    • Con muy pocas excepciones, en California también es un delito almacenar o dejar negligentemente, cargada o no, cualquier arma de fuego, en su lugar en un sitio donde una persona sabe o razonablemente debe saber que es probable que un niño logre acceso al arma sin permiso del padre de familia o del tutor legal, a menos que tome acción razonable para asegurar que el arma de fuego no sea accesible al niño, aun cuando un menor de edad efectivamente no acceda nunca el arma de fuego. 2   
    • Además de multas y plazos de encarcelamiento potenciales, desde el primero de enero de 2020, al dueño de un arma de fuego declarado responsable penalmente bajo estas leyes de California, se le puede prohibir poseer, controlar, ser dueño, recibir, o comprar un arma de fuego por 10 años.3
    • Finalmente, un padre o tutor también puede ser civilmente responsable por los daños resultantes de la descarga de un arma de fuego por parte del hijo de esa persona o tutor. 6

    Nota: Su condado o su ciudad podría tener restricciones adicionales en cuanto al almacenamiento de armas de fuego.

    Gracias por ayudar a mantener seguros nuestros niños y escuelas. Recuerde que la manera más fácil y segura de cumplir con la ley es guardar las armas de fuego en un recipiente asegurado con llave o aseguradas con un mecanismo de seguridad que hace inservible el arma de fuego.

    Atentamente,

    Todd Lile